Registro REPSE y La Inteligencia Artificial
13/02/2024Servicios Especializados y Obras Especializadas
Se tienen más de 151 mil empresas registradas en el Padrón de registro REPSE al cierre del ejercicio 2023 y una cifra considerable de contribuyentes que intentan registrarse sin éxito obteniendo los motivos del rechazo en su constancia de Negativa de Registro REPSE, será importante conocer a fondo cuáles son esos motivos y sus Errores Frecuentes en caso de volver a ingresar la solicitud de trámite.
A casi tres años de la regulación, las empresas desconocen la finalidad de la reforma laboral, ya que la única intención es erradicar la subcontratación de personal.
Uno de los cambios importantes realizados el 23 de abril del 2021 fue permitir la subcontratación especializada.
Ahora las personas físicas y morales que presten Servicios Especializados y ejecuten Obras Especializadas tienen la obligación de registrarse en el Padrón REPSE.
¿Qué son los Servicios Especializados y Obras Especializadas?
Con la entrada en vigor de la reforma a la subcontratación laboral y sus artículos transitorios, se publicó el pasado 24 de mayo del 2021 el “Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”
Por lo tanto, “Que las personas físicas o morales que deseen incorporarse al registro deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar, y que por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.” Extracto tomado de los Considerandos del acuerdo.
Igualmente, en el mismo acuerdo la autoridad laboral nos indica en el apartado de registro lo siguiente:
“DEL REGISTRO EN EL PADRÓN ARTÍCULO OCTAVO. Las personas físicas o morales que, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas y estén interesadas en registrarse en el Padrón, deberán acceder a la plataforma http://repse.stps.gob.mx en la que solicitarán el registro y tendrán que cumplir con los siguientes requisitos y requerimientos:“
“1. Requisitar y proporcionar en la plataforma informática la siguiente información:
a) …n)
ñ) Actividad o actividades que desea ser registrada en el padrón, y
o) Actividad Económica Preponderante.”
Del estudio de esta fracción se desprende el término “Actividad” y que lo encontramos también en el Objeto social, Constancia de RFC y Registro Patronal del contribuyente.
Como consecuencia del análisis, el legislador nos indica que entonces los Servicios u Obras Especializadas son las Actividades que desempeña la contratista.
¿Por qué se tienen que identificar las Actividades de manera Precisa?
En el mismo acuerdo ARTÍCULO OCTAVO, número tres, pero ahora derivado del anteproyecto de fecha 25 de enero del 2024 se hace énfasis; “Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al Padrón y obtener el registro, así como aquellas que ya se encuentren inscritas y que tengan que renovar el mismo, deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar.”
“Durante su proceso de registro o renovación deberán aportar bajo protesta de decir verdad información y documentación, conforme a los requerimientos de la plataforma, respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros.”
En este apartado, vuelve el legislador a hacer hincapié que las actividades son los servicios y obras especializadas que desempeña la contratista.
Por lo pronto, dejaremos de lado el estudio de “acreditar el carácter especializado” ya que amerita un blog y revisión aparte.
Finalmente, se confirma que para obtener el registro REPSE “Los servicios u obras especializadas que deseen registrarse deberán estar contempladas dentro de su objeto social para el caso de Personas Morales y para Personas Físicas en la constancia de RFC” ARTÍCULO OCTAVO, número tres, tercer párrafo.
Negativa de Registro REPSE
Las personas físicas y morales que en su mayoría tienen la obligación e intención de registrarse, obtienen la negativa en su trámite.
Y peor aún, un número alto de los contribuyentes que logran el registro, lo obtiene con errores y ofreciendo otros servicios no registrados.
Considerando las cifras de empresas registradas en el Padrón REPSE, claro está que hay prestadores de servicios y obras en la informalidad y por consiguiente sus trabajadores también.
La mayoría de los contribuyentes rechazados por el Padrón tienen un conocimiento básico o nulo del Nuevo Modelo Laboral no importando el tamaño de la empresa.
Sobre todo, el abandonar el trámite de registro se debe al desconocimiento propio de los servicios y obras que se pretenden ofrecer y registrar.
¡Así cómo lo lees! “El dueño de negocio o empresa no conoce a detalle las actividades que realiza o tiene una idea equivocada”
Actas Constitutivas y Constancia de RFC
A esto se suman las personas morales que sus actas constitutivas y subsecuentes actas extraordinarias son machotes de otras empresas o estatutos que no les corresponden.
Con respecto a las personas físicas sus actividades y actividad preponderante no está bien definida o se encuentra obsoleta.
Los objetos sociales y constancias de RFC de los contribuyentes que intentan registrarse tienen las actividades encimadas, desactualizadas y en muchos casos ya no se dedican a los servicios que menciona el acta o la constancia.
Registro Patronal
Otro de los detalles que no podríamos dejar pasar en el proceso de registro REPSE son las actividades económicas en el Registro Patronal del IMSS.
Muy importante tener en cuenta el giro y las actividades alineadas con el objeto social y la constancia de RFC del contribuyente.
En la práctica, la plataforma REPSE acepta el trámite aún si no cumple con este requisito de ajuste de actividades en los dos documentos anteriormente mencionados.
En caso de estar en esta situación recuerda que solo es cuestión de tiempo para que el IMSS identifique los nuevos giros y actividades económicas para realizar los ajustes a tu Registro Patronal a la nueva prima de riesgo.
Lo preocupante no es el cambio de riesgo por parte del Instituto, sino de los pagos de cuotas obrero-patronales que apliquen de manera retroactiva desde el cambio de giro y actividades.
Su base principal para la imposición de multas y pago de diferencias por identificación del Instituto es a partir de la fecha del Registro REPSE.
¿A qué se debe mi Rechazo o Negativa de Registro REPSE?
Las causas y motivos son diversos:
- No cumple con los requisitos y requerimientos.
- No se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones.
- No forma parte del objeto social el servicio (s) u obra (s) especializada que intenta registrar.
- No forma parte de la constancia del RFC el servicio (s) u obra (s) especializada que intenta registrar.
- Entre otros.
Errores Frecuentes
La autoridad laboral por medio de la plataforma rechazará la solicitud de trámite indicando lo siguiente:
Error Frecuente en Personas Morales
Error Frecuente en Personas Físicas
Personas Físicas y Morales con Problemas de Registro REPSE
Hemos ayudado a contribuyentes a resolver su situación REPSE que va desde la asesoría y capacitación, hasta el trámite de registro exitoso.
En un caso en concreto atendimos a un cliente con 25 negativas por diferentes motivos y cerca de 18 meses intentando.
Estuvo a punto de rendirse ¡Claro que no llegó al rechazo 26!
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¿Tiene Solución mi Rechazo o Negativa de Registro REPSE?
Claro que tiene solución la problemática REPSE como todo en la vida.
Aquí te enumeramos 20 pasos a seguir para la solución de tu trámite de Registro REPSE:
- Estudiar REPSE y El Nuevo Modelo Laboral.
- Darse el tiempo necesario.
- Buscar ayuda de los especialistas.
- Identificar y en su caso actualizar los requisitos y requerimientos REPSE.
- Actividades por registrar bien identificadas con Objeto social alineado con la Constancia de RFC y Registro Patronal de la Persona Moral.
- Actividades por registrar bien identificadas con la Constancia de RFC alineadas con el Registro Patronal de la Persona Física.
- En caso de no estar alineadas las actividades del Objeto social, Constancia de RFC y Registro Patronal, realizar los trámites previos en las diferentes plataformas digitales o de forma presencial.
- Para el caso del Objeto social desactualizado, será necesario agregar las nuevas actividades.
- Conocer los términos y condiciones de la plataforma REPSE.
- La persona que realizará el trámite deberá contar con los conocimientos bastos de la empresa a registrar.
- No mentir en la solitud de trámite de Registro REPSE.
- Llenar la solitud de trámite correctamente y los cuestionarios con datos reales.
- En caso de tener contratos de prestaciones de servicios u obras especializados vigentes, informarlos en el trámite.
- Subir la información actualizada que se solicita.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Contar con los contratos de los trabajadores y actualizados.
- No ofrecer servicios u obras especializadas sin contar con el Registro REPSE.
- Darle seguimiento al proceso una vez enviada la solicitud de trámite.
- La plataforma puede solicitar información adicional que se debe de enviar por los canales que la misma mencione.
- ¡Listo! Tú trámite de Registro REPSE será exitoso si seguiste estos pasos.
A estas alturas pareciera que la solicitud de trámite de registro REPSE es difícil o engorrosa, la verdad es que no lo es.
¡Lo difícil es mantenerse! La carga administrativa aumentará y con ello las responsabilidades.
Plazo de la plataforma REPSE
Una vez entendiendo la reforma a la subcontratación laboral se podrá realizar correctamente el registro, sin consecuencias y de manera exitosa.
Lo cierto es que la plataforma REPSE se toma veinte días hábiles para revisar los requisitos y requerimientos solicitados.
El contribuyente que se encuentra desesperado por encontrar contratos o a punto de perderlos, no se da el tiempo para analizar de fondo su situación.
La recomendación es que una vez que te propongas realizar la solicitud de trámite aún y cuando tengas ayuda profesional tendrás que darte el tiempo necesario y el resultado será satisfactorio.
Nuestra intervención y apoyo en los trámites ha sido de dos a diez días hábiles de respuesta en la plataforma.
Últimamente dos días hábiles bastan, debido a que la plataforma comienza a ser ágil en el proceso, pero sobre todo a nuestra experiencia obtenida.
Ahora que ya lo sabes ¿Realizarás el último intento para registrarte en el Padrón con las actividades correctas y que realmente ofreces?
¡Me gustaría leer tus opiniones!
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